- Esposa de socio activo y socio activo fallecido: $ 1.000.-- Hija de socio vitalicio ó activo, vitalicio ó activo fallecido, mayor de 18 años : $ 1.000.-- Hija e hijo de socio vitalicio ó activo, vitalicio ó activo fallecido, de 6 a 18 años (*): $ 589.-- Nieta soltera mayor de 6 años y nieto de 6 a 18 años de socio activo, activo fallecido, vitalicio o vitalicio fallecido (**): $ 1.300.-
(*) Para estos casos, el tercer hijo abonará el 50 % y a partir del cuarto se extenderá cuota mensual sin cargo.
(**) A partir del tercer nieto se abonará el 50 % del valor fijado.
El aumento de la cuota social implica, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Estatuto, el reajuste de los saldos deudores de socios con cuotas pendientes de pago, en este caso, al 4 de octubre de 2018 ajustadas al nuevo valor de referencia. Ante ello, y excepcionalmente, también se resolvió diferir la aplicación de esta norma mencionada hasta el próximo 15 de diciembre de 2018. Por esta razón, quienes cancelen sus saldos deudores al 4 de octubre de 2018 antes de la fecha mencionada, serán exceptuados del reajuste en sus saldos impagos. Para los casos en que los saldos no fueran cancelados, estos se debitarán con el ajuste pertinente en la liquidación de diciembre de 2018.