REGLAMENTO DE UTILIZACIÓN DE CARROS ELÉCTRICOS PARA
TRANSPORTE DE JUGADORES EN LA CANCHA DE GOLF
La sub comisión de golf del Jockey Club
de Rosario admitirá el uso de CARROS ELÉCTRICOS PARA TRANSPORTE DE JUGADORES DE
GOLF, con exclusividad a sus socios y por motivos excepcionales de carácter
físico o de salud, en las siguientes condiciones de admisión y uso de los
mismos.
Para la utilización de carros
eléctricos de golf se deberá cumplir con las siguientes condiciones:
A.
DE
ADMISIÓN
- Presentar una solicitud
de permiso de utilización de carro eléctrico para transporte de jugador de
golf de acuerdo al modelo que forma parte del presente reglamento y que
dicha solicitud sea autorizada por la Sub-Comision de Golf.
B.
DE USO
- Aceptar la
irrecurrible e indiscutible decisión de la Comisión de Golf y/o del
Capitán de Golf y/o del Subcapitán de Golf y/o Gerente y/o personal del
club en cuanto a:
- Lugares por los
que se permitirá la circulación de estos vehículos de acuerdo al punto E
del Reglamento,
- Días o períodos
en los que se NO se permitirá la circulación de estos vehículos,
cualquiera sea el motivo que genere esa decisión (climática, estado de la
cancha, exceso de humedad, fumigación, etc.), inclusive si la misma se
tomara durante el transcurso de un torneo e independientemente de su
duración o característica.
Estas condiciones podrán ser variables
en el transcurso del tiempo y serán oportunamente publicadas en cartelera de
golf en cada oportunidad. Será responsabilidad del usuario del carro eléctrico
tomar conocimiento de las mismas en cada oportunidad que haga uso del mismo.
- El uso del carro
de golf es absolutamente personal y afectado con exclusividad al
solicitante, no pudiendo trasladar dicho derecho a otro jugador por motivo
alguno ni trasladar en la cancha a
otro jugador que no cuente con la autorización previa para hacer uso de
carro eléctrico para su traslado y que, en consecuencia, obtuviere
ventajas deportivas que no le corresponden.
- La guarda y carga
de los carros de golf quedara sujeto a disponibilidad, la cual será
informada por la Sub-Comision de golf.
C. GENERALIDADES
Teniendo en cuenta que la autorización
para la utilización de carros eléctricos para transporte de jugadores reviste
el carácter de excepcionalidad, la decisión de autorizar su uso es
absolutamente discrecional de la sub comisión de golf, e irrecurrible
por parte del peticionante en caso de no ser otorgada la autorización por
entender la misma que en ese caso no se dan las condiciones de excepcionalidad
previstas para hacerlo.
Los propietarios y/o usuarios de los
carros eléctricos para transporte de jugadores son total y plenamente
responsables de las consecuencias de su uso, en especial por los eventuales
daños que por su utilización se ocasione a su persona, a terceros, a cosas y/o
a la cancha de golf, aceptando expresamente que la autorización que se otorgue
no implica responsabilidad alguna, ni propia ni compartida, por parte del
Jockey Club de Rosario.
Los incumplimientos al presente
reglamento implicarán las sanciones deportivas que la sub comisión de Golf
entienda en cada caso y que, de reiterarse, serán evaluados y sancionados por
la Comisión de Country y/o Comisión directiva del Jockey Club de Rosario.
D. CIRCULACIÓN
Se podrá circular a través del campo respetando
las siguientes normas:
- Se deberá siempre mantener una velocidad prudente, equivalente al
caminar normal de una persona en todas las áreas. Se encuentra prohibido
su uso sobre la terraza o caminos próximos al club house.
- Prohibido
el tránsito por las lomas de los greens o tees de salida. Estacionar el
carro a un lado o detrás del green, nunca al frente.
- Evitar
transitar sobre pozos, condiciones anormales del terreno, zonas de dropeo,
áreas de penalización.
- No
se deben conducir los carros a través de zonas de agua detenida en los
fairways u otras áreas de la cancha que estén visiblemente mojadas. Evitar
transitar en áreas recién sembradas, o cualquier otra zona donde se
realicen trabajos de mantenimiento de la cancha.
Sub Comisión de Golf del JCR